El próximo 28 de septiembre finaliza el plazo de solicitud de ayudas para alumnado con necesidad especifica de apoyo educativo, para el curso académico 2017/2018 (Resolución de 3 de agosto de 2015, publicada en el BOE Núm. 192 de 12 de agosto de 2017);  las solicitudes deberán cumplimentarse por los interesados, mediante el formulario accesible por Internet en la dirección www.mecd.gob.es o a través de la sede electrónica del MECD en la dirección https://sede.educacion.gob.es en el apartado correspondiente a “Trámites y Servicios” (art. 9.1), pero a fin de solventar casos excepcionales como bloqueo de usuarios, cambios de contraseña sin resolver, renovaciones de DNI, etc., compartimos en archivos adjuntos el impreso de la solicitud  manual  e instrucciones; nos indican que por el interés de todos, conviene que esta opción se limite lo máximo posible a las excepciones indicadas, pues el principal inconveniente de una solicitud de beca manual es que los interesados no podrán acceder a la Sede Electrónica de la página del Ministerio de Educación para descargar sus notificaciones es decir, no podrán consultar la  resolución de la tramitación realizada directamente.

El centro ha de sellar e indicar la fecha de entrada de cada solicitud en su primera página, a fin de comprobar los plazos de admisión previstos por la convocatoria, pues no se admitirán solicitudes con fecha posterior a la finalización de la misma (hasta 28/09/2017 inclusive) y adjuntar la documentación necesaria que acredite situaciones especiales: certificados de minusvalía, carnet de familia numerosa y en su caso, presupuestos, informes específicos y memoria de reeducación.

Respecto a los interesados que hayan cumplimentado la solicitud de forma electrónica, les pedimos que les recuerden, que el archivo que se genera deben imprimirlo y presentarlo en el Centro Educativo, de lo contrario se quedará en estado de borrador y no se podrá tramitar.

Acabado el plazo de presentación, disponen de 5 días para remitir todas las solicitudes a esta Unidad de Trámite, tanto las electrónicas como manuales (art. 13 de la resolución).

DOCUMENTOS ADJUNTOS

Impreso_ed_esp_17_18

instrucciones_ed_esp_17_18

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